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Sustitución pensional, en vida. La iniciativa es del senador Édgar Espíndola Niño. Bogotá D.C., 17 de septiembre de 2008. El legislador boyacense Édgar Espíndola Niño radicó un proyecto de ley que busca garantizar la prestación del servicio de salud de manera ininterrumpida a los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes.
"El pensionado que desee facilitar el traspaso de su pensión en caso de muerte a su cónyuge o compañera o compañero permanente, sus hijos menores o inválidos permanentes, deberá dirigir un memorial en tal sentido a la entidad pagadora o fondo de pensiones, en el cual indique la resolución que le reconoció la pensión y el nombre de aquél o aquellos. Con dicho documento deberá aportar las pruebas de convivencia conyugal y de filiación de los menores", indicó el senador Espíndola. "Si entre los beneficiarios existe un hijo con invalidez permanente deberá allegar prueba de la EPS, donde se encuentre afiliado, que dictamine sobre la calidad de la invalidez. La solicitud se presentará por duplicado a fin de que un ejemplar se adhiera a la resolución de pensión y el otro se devuelva al solicitante con la constancia de su presentación", concluyó el legislador boyacense.Oficina de prensa del senador Édgar Espíndola Niño
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