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Opinión
Triunfaron los principios y valores del estado democrático
Por fin hubo luz al final del túnel, la Corte Constitucional mediante sentencia C/141 del 26 de febrero de 2010 declaro inexequible la ley 1354 de 2009 mediante la cual se convocaba al pueblo colombiano a un referendo constitucional, reiterando su jurisprudencia "en relación con los límites del poder de reforma de la Constitución, e insistiendo en que el poder constituyente derivado tiene competencia para reformar la Constitución, mas no para sustituirla, por lo cual todo cambio en la identidad del texto constitucional implica un vicio de competencia por exceso en el ejercicio del poder reformatorio". Con esto el "Estado de Opinión" deja de ser la voz del César y se somete a los procedimientos y formalidades establecidas por el constituyente de 1991. El pueblo colombiano puede estar tranquilo que los cauces de la seguridad democrática seguirán dentro de los parámetros del respeto de la dignidad humana y al debido proceso pilares del Estado Social de Derecho que sólo encuentran explicación en el valor supremo de la vida tanto de los niños, como de los jóvenes, las mujeres cabeza de familia, los discapacitados, la población de la tercera edad, los desempleados y desplazados, y en fin de todos y cada uno de los que conformamos esta gran nación colombiana. Los nueve magistrados constitucionales se portaron a la altura de las circunstancias y el alto tribunal fue representado por su presidente, Mauricio González, con toda la dignidad que una decisión de esta naturaleza significa para la vida jurídica, política, económica y social para la paz nacional. Si bien el fallo arroja un resultado de 7 a 2 por la inexequibilidad, es bueno resaltar que la ponencia inicial del magistrado Sierra Porto fue apoyada en su integridad, pero se le adicionó lo referente con los vicios de competencia, dado que la "Corte reiteró el precedente de la teoría de la sustitución de la Corte anterior y dijo que este se aplicaba también a iniciativas ciudadanas como un referendo ciudadano. La Corte afirmó que la reelección por segunda vez violaba el sistema de pesos y contrapesos y alteraba el balance de poderes". Se podría decir que en este aspecto el magistrado Sierra Porto modificó su criterio inicial y acepto la incorporación de esta clase de vicios en el fallo final. El fallo de la Corte Constitucional es un triunfo de los demócratas que encuentran en las Altas Cortes unas autenticas defensoras de los principios y valores del Estado Social y Democrático de Derecho. COMENTE ESTE ARTÍCULO: IR A PORTADA:
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